Juzgado de lo Social de Jaén. La empresa reconoció ante la Justicia el despido nulo por discriminación a Amara, una joven gitana de 22 años, el mismo día en que comenzó su primer trabajo.
El mensaje de WhatsApp en el que la encargada preguntó a la cuñada de Amara si era gitana —y el despido producido horas después— constituyó prueba directa de la motivación discriminatoria.
El tribunal declaró la nulidad radical del despido por vulneración del derecho fundamental a la no discriminación por razón de etnia (art. 14 CE).
Readmisión inmediata de Amara en su puesto de trabajo + indemnización por daños morales. Asistencia jurídica de la Fundación Secretariado Gitano.